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* La propuesta plantea evitar el desechamiento automático de solicitudes por falta de firma, otorgando un plazo para subsanar el requisito sin extender los tiempos legales
*San Raymundo Jalpan, Oax., a 28 de mayo de 2026.-* Con el objetivo de eliminar barreras burocráticas y garantizar el acceso a la justicia administrativa, la diputada María Eulalia Velasco Ramírez, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Transformación Oaxaqueña, presentó una iniciativa para reformar el artículo 23 de la Ley de Responsabilidad Patrimonial del Estado y los Municipios de Oaxaca. La propuesta plantea que, ante la falta de firma en un escrito de reclamación presentado a tiempo, la autoridad deba prevenir por única ocasión a la persona interesada para que ratifique su voluntad, en lugar de desechar el trámite en automático.
La reforma busca equilibrar la seguridad jurídica con el derecho a una indemnización cuando los ciudadanos sufran daños en sus bienes o derechos debido a una actividad administrativa irregular del Estado. Bajo el esquema actual, la ausencia de firma digital o autógrafa produce que la demanda se tenga por no presentada de forma inmediata. Con la modificación sugerida, el Órgano Interno de Control competente estará obligado a requerir la ratificación del promovente, siempre y cuando la omisión se advierta antes del vencimiento del plazo legal original.
Durante la exposición de motivos, se destacó que un alto porcentaje de las personas que acuden a realizar estos reclamos no cuentan con asesoría jurídica especializada. Por ello, se argumentó que un defecto formal subsanable no debe operar como un obstáculo insubsanable que impida el análisis de fondo de una reclamación vinculada con un derecho de naturaleza constitucional. Asimismo, se aclaró de manera rigurosa que esta prevención no suspenderá, interrumpirá o ampliará los términos establecidos en la ley, salvaguardando así la certeza procesal de las instituciones.
El Proyecto de Decreto estipula que la ratificación deberá concretarse dentro del plazo restante para promover la reclamación; de lo contrario, el escrito se tendrá definitivamente por no presentado.
Dicha iniciativa de reforma, presentada en la Sesión Ordinaria de la Diputación Permanente, quedó reservada para el Segundo Periodo Ordinario de Sesiones del Segundo Año de Ejercicio Legal.



